Luego del asalto armado a la sede del postgrado de la Facultad de Humanidades de La Universidad del Zulia (LUZ), se efectuó este viernes 8 de enero una reunión extraordinaria del Consejo Universitario para proponer como punto único la posibilidad del ingreso de los cuerpos de seguridad del Estado al recinto universitario.
El vicerector académico, Clotilde Navarro, informó en primera instancia que “Desde hoy buscaremos que se apruebe el documento por Consejo Universitario” para que los cuerpos policiales resguarden y vigilen las áreas internas de LUZ.
“Es una reunión donde estará el secretario de Seguridad Ricardo Lugo y el comisionado Mora” y se coordinará, de aprobarse el documento, cómo se trabajará con la Dirección de Seguridad Interna de LUZ, precisó Navarro.
De igual modo Navarro manifestó que “El 98% de la comunidad universitaria aprueba el ingreso de los cuerpos policiales dentro de la universidad”, para resguardar sus instalaciones.
Por su parte, Yeissel Pérez, presidenta de la Federación de Centros Universitarios (FCU-LUZ), confirmó el planteamiento y aseguró que se podría hacer mediante una consulta o referendo, “como se en 2010 por el mismo contexto de la inseguridad dentro de LUZ”.
Recordó Pérez que “en 2010 se hizo un referendo en torno al tema de la inseguridad en el campus universitario, se consultó si los cuerpos de seguridad podían ingresar a LUZ, ya que de acuerdo al artículo 7 de la Ley de Universidades, representa la violación de la autonomía universitaria”.
De acuerdo a lo dicho por Pérez a La Verdad, esta autorización sería “temporal mientras se va solventando las condiciones de inseguridad entre otras aristas que están dentro de la mesa de discusión”.
“Esta autorización obedece a un plan estratégico de quienes conformamos la comunidad universitaria, por lo que es un hecho que hoy se considera como punto único la discusión “.
Lo que dice la Ley de Universidades
Artículo 7.- “El recinto de las Universidades es inviolable. Su vigilancia y el mantenimiento del orden son de la competencia y responsabilidad de las autoridades universitarias; no podrá ser allanado sino para impedir la consumación de un delito o para cumplir las decisiones de los Tribunales de Justicia”.
Se entiende por recinto universitario el espacio precisamente delimitado y previamente destinado a las realizaciones de funciones docentes, de investigación, académicas, de extensión o administrativas, propias de la institución.
Corresponde a las autoridades nacionales y locales la vigilancia de las avenidas, calles y otros sitios abiertos al libre acceso y circulación, y la protección y seguridad de los edificios y construcciones situados dentro de las áreas donde funcionen las universidades, y las demás medidas que fueren necesarias a los fines de salvaguardar y garantizar el orden público y la seguridad de las personas y de los bienes, aun cuando éstos formen parte del patrimonio de la Universidad.
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