"Se instruye a las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas en cuanto a la obligatoriedad del registro de información y hechos económicos expresados contablemente en criptoactivos soberanos, sin perjuicio de su registro en bolívares, según corresponda", indica el decreto presidencial publicado en la Gaceta Oficial número 41.763, de fecha martes 19 de noviembre de 2019.
En este sentido, explica que las empresas públicas y privadas, así como los particulares deben llevar una doble contabilidad, calculada tanto en bolívares, como en petros. Ambas tendrán carácter legal.
El miércoles 6 de noviembre, el presidente Nicolás Maduro, firmó dicho decreto y señaló que este mecanismo pasa a ser una contabilidad legal para toda la economía nacional.
También se anunció la activación de 23 taquillas en el Banco de Venezuela, donde los ciudadanos que poseen la versión petro ahorro del criptoactivo podrán canjearla por petro convertible.
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